domingo, 20 de febrero de 2011

Letras del Tesoro

Hace relativamente poco, publiqué una entrada sobre la crisis de la deuda pública en la que ya enunciamos las letras del tesoro. No fue un análisis muy extenso, así que en este post vamos a conocerlas en la profundidad que mis conocimientos me permiten.

Las letras del Tesoro son valores de renta fija a corto plazo, que únicamente quedan representadas a través de anotaciones realizadas en cuenta. Estas anotaciones en cuenta, ¿qué son?. Sin ir muy lejos, se trata de un registro contable que representa un conjunto de derechos de contenido económico, asociado a un valor. La persona que aparece legitimada en los asientos del registro contable goza de la presunción de titularidad del mismo. La transmisión de una anotación en cuenta tiene lugar por transferencia contable, sin que sea necesaria la intervención de fedatario público (notarios o corredores públicos a las que el gobierno otorga la facultad de dar fe pública a los actos jurídicos realizados entre personas y así proporcionar seguridad jurídica a los particulares).

Estas Letras fueron creadas en junio de 1987, cuando se puso en funcionamiento el Mercado de Deuda Pública en Anotaciones, emitiéndose mediante subasta. Esta subasta es el procedimiento de emisión utilizado con carácter general por el Tesoro, ¿cómo?. Los inversores presentan al emisor sus peticiones, que pueden ser competitivas si se reflejan los precios que están dispuestos a pagar por los valores, o no competitivas en caso contrario. El emisor decide el precio mínimo que acepta recibir, rechazando todas aquellas peticiones que ofrecen importes inferiores al mínimo. En cuanto a este importe mínimo, queda legalmente establecida la cantidad de cada petición en 1.000€, siendo las peticiones de importe superior siempre múltiplos de 1.000€.

También podemos decir que son valores emitidos al descuento. Para tener todos los conceptos claros vamos a ver qué significa esto. Es una modalidad de emisión propia de los valores que no tienen cupones periódicos. Estos valores lo que hacen es comprometer al emisor a realizar un único pago en la fecha de vencimiento (generalmente por un importe igual al valor nominal), viniendo, por tanto, su rentabilidad dada por el hecho de que el inversor los adquiere a un valor inferior al de reembolso; la diferencia entre el precio de adquisición y el valor nominal es lo que llamamos descuento, y denota la rentabilidad absoluta que obtiene el inversor. Luego esta es la forma dentro de la Deuda del Estado español de emitir Letras del Tesoro. Luego, como acabamos de ver, el precio de adquisición es inferior al importe que el inversor recibirá en el momento de reembolso. La diferencia entre el valor de reembolso (importe que recibe el propietario de un valor con motivo de su vencimiento) de la Letra, 1.000€, y su precio de adquisición será el interés o rendimiento generado por la Letra del Tesoro. Este interés no es más que la retribución obtenida, generalmente expresada en tanto por ciento anual, que se recibe por una inversión, y que puede entenderse tanto como interés nominal como interés efectivo.

Actualmente el Tesoro emite Letras del Tesoro con los siguientes plazos:
  • Letras del Tesoro a 3 meses
  • Letras del Tesoro a 6 meses
  • Letras del Tesoro a 12meses
  • Letras del Tesoro a 18 meses
Si bien hasta hace poco el Tesoro las emitía exclusivamente a 6 o 12 meses.

Por tratarse, como podemos ver siguiendo el esquema anterior, de valores a corto plazo, las variaciones de su precio en el mercado secundario, donde se negocian los valores previamente emitidos suelen ser bastante reducidas; por tanto, suponen un menor riesgo para el inversor que prevea o pueda necesitar vender estos valores en el mercado antes de su vencimiento, entendiendo por éste la fecha de amortización fijada para un valor en el momento en que el mismo es emitido, y en la cual su propietario puede esperar, y exigir, el valor de reembolso establecido.

Ahora, conociendo qué son y cómo funcionan, pasemos a ver cómo podemos comprar estas Letras. Como hemos dicho al principio, las Letras del Tesoro se emiten en subasta pero, ¿cuándo?. Al principio de cada año el Tesoro publica en el Boletín Oficial del Estado el calendario de subastas (letras, bonos y obligaciones), con vigencia durante todos los meses de ese año y el mes de enero del año siguiente. El calendario incluye no sólo las fechas de subasta, sino también las de prestación de peticiones y desembolso. No obstante el Tesoro se reserva la posibilidad de modificación en cuanto lo estime conveniente. A continuación adjuntamos el calendario de subastas previsto para el pasado año 2010 y enero de 2011.


Las peticiones de suscripción d Valores del Tesoro pueden ser tanto competitivas como no competitivas. Para la presentación, el único requisito es ser una persona física o jurídica. Las peticiones de los inversores particulares deben obrar en poder del Banco de España, salvo excepciones, antes de las 14.00 horas (13.00 horas si se presentan en Canarias) del penúltimo día hábil anterior al de lacelebración de la subasta.  Estas peticiones pueden presentarse en cualquiera de los sucursales del Banco de España, caso en el que los valores adquiridos quedan resgistrados en una "Cuenta Directa" de Deuda del Estado en el Banco de España, es decir, en un servicio creado por el propio Banco para facilitar al público la inversión en Valores del Tesoro, eliminando intermediarios en las operaciones de suscripción y mantenimiento posterior de la inversión, con una reducción, en mayoría de los casos, de los gastos de la operación. También cabe presentación a cualquier intermediario financiero (caja de ahorros, banco, cooperativas de crédito, sociedad de valores, etc.). Varía según la entidad elegida sea una Entidad Gestoro o no, pues si no lo es el intermediario financiero que no lo sea debe encargar el servicio de registro a una Entidad Gestora, siendo esta última la obligada a entregar el resguardo que acredite que el inversor ha realizado la correspondiente anotación en cuenta. Por último, cabe presentación a tavés de Internet.

No podemos olvidar que todos los Valores del Tesoro se negocian en un mercado secundario muy activo en el que se intercambian Letras, Bonos y Obligaciones ya emitidos, y en el que participan la inmensa mayoría de los intermediarios financieros. Ello tiene una ventaja importante para el inversor: le permite invertir a plazos distintos de los 3, 6, 12, 18 meses. Por ejemplo, si el inversor  desea invertir a 4 meses, un plazo al que el Tesoro no emite en la actualidad, podría adquirir una Letra a 6 meses que hubiese sido emitida 2 meses antes. La compra de los valores en el mercado secundario puede realizarse directamente a través de un intermediario financiero o a través de la Bolsa. La ventaja en este último caso es que se pueden conocer los precios a los que se puede comprar o vender los Valores del Tesoro a través del teléfono de información del Tesoro Público.

En cuanto a estadísticas de deuda (deuda en circulación, financiación del Estado y Mercado secundario) adjunto estos 3 archivos, también disponibles en la website del Tesoro, referentes a las Letras del Tesoro en circulación, la subasta de éstas y los tipos marginales de interés, y la negociación de las mismas.




Lo último que vamos a hacer, a un nivel práctico-financiero es resolver algunos sencillos ejercicios sobre Letras del Tesoro, teniendo en cuenta que, aunque en la práctica el proceso sea algo más complejo, nos sirve para conocer su funcionamiento en la realidad.

1. El precio en el mercado primario de una Letra del Tesoro de nominal 100€ y vencimiento a 1 año fue 960€. el inversor que la compró, al cabo de 9 meses la vendió a un segundo inversor, el cual la mantuvo hasta su vencimiento. En el supuesto de que ambos inversores obtuvieran la misma rentabilidad, expresada en tanto efectivo anual, calcular qué precio pagó el segundo inversor.

Estamos en un ejercicio en el que debemos aplicar la fórmula de capitalización compuesta para calcular el precio pagado por el 2º inversor en el 9 mes, que la mantuvo 3 meses más hasta su vencimiento, 1 año. La manera de resolver es la siguiente:

De la fórmula Cn= Co (1+i)^n obtenemos que 1000=960 (1+i)^1 lo que da un tanto efectivo anual de 4,17%.
Ahora despejamos del siguiente modo: 1000= P(1+0.0417)^3/12, por lo que P= 989.87€. O, realizado de otro modo, Cn=960(1+0.0417)^9/12 que da un total de 989.87. En ambos casos obtenemos el mismo resultado, siendo la cantidada pagada por el segundo inversor.

2. Una Letra del tesoro se emite en el mercado primario por 900€ y se amortiza por el nominal 1000 transcurrido un año. Un inversor A adquiere la Letra en el primario y la vende en el secundario por 950€ a los 6 meses, a n segundo inversor B, que la mantiene hasta su amortización. ¿Cuál de los dos inversores obtiene una mayor rentabilidad?

Con la misma fórmula que en el ejercicio anterior, Cn= Co 81+i)^n, calculamos la rentabilidad de ambos:

Inversor A. 950=900(1+i)^1/2 ó ^6/12 =11.42%
Inversor B. 1000=950(1+i)^1/2 ó^6/12= 10.80%

Luego el inversor A es quien obtiene mayor rentabilidad.

Por ahora aquí nos quedamos, con un poco más de idea sobre Letras del Tesoro. Para más información acudir a http://www.tesoro.es/

¡Hasta la próxima!




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